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El Ayuntamiento de Gáldar se ha adaptado ya al reciente Real Decreto-ley 19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios.
Por este decreto se elimina la necesidad de tramitar y obtener licencia de apertura para poder iniciar y desarrollar actividades comerciales minoristas que se realicen en establecimientos permanentes y cuya superficie útil de exposición y venta al público no sea superior a 300 metros cuadrados.
A partir de ahora el interesado en abrir un comercio en Gáldar de las características descritas, no tendrá que esperar para ello a la tramitación y obtención de la correspondiente licencia municipal de apertura. Bastará que informe al Ayuntamiento el inicio de la actividad mediante comunicación previa y presente la documentación correspondiente, con el justificante del pago de la tasa municipal, pudiendo desde ese mismo momento desarrollar legalmente la actividad.
Entre las actividades que pueden acogerse a esta comunicación previa se encuentra el comercio al por menor de productos alimenticios (pastelería, confitería, herbolarios, pequeños supermercados, etc.) e industriales (productos textiles, droguería, perfumería, joyerías, materiales de construcción, muebles de oficina, vehículos terrestres, etc).
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